Cesárea fallida: municipalidad condenada a pagar 9 millones por negligencia médica
Una mujer de Lomas de Zamora recibirá una indemnización de 9.005.000 pesos tras sufrir graves complicaciones postoperatorias a raíz de una cesárea realizada en un hospital municipal en 2006. La sentencia, emitida por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo n.º 1, expone una cadena de errores y omisiones que pusieron en peligro la vida de la paciente, evidenciando una profunda falla en la atención sanitaria pública.
El proceso judicial: un camino lleno de obstáculos
El caso, que se inició en diciembre de 2007, revela cómo la paciente, de 30 años en el momento de los hechos, fue sometida a una cesárea sin el seguimiento adecuado ante la aparición de síntomas alarmantes. Tras la operación, experimentó fuertes dolores abdominales, cefaleas y vómitos, síntomas que, según la sentencia, fueron minimizados por el personal médico del hospital. La falta de una evaluación exhaustiva y la demora en el diagnóstico de una infección grave, que derivó en peritonitis avanzada, prolongaron su sufrimiento y agravaron su estado de salud.
Durante el proceso, la municipalidad intentó argumentar la falta de responsabilidad, alegando que las decisiones médicas fueron tomadas por personal jerárquico y que la médica residente actuó bajo supervisión. Sin embargo, el juez consideró que la responsabilidad recae directamente sobre la municipalidad, en virtud de la obligación del Estado de garantizar servicios sanitarios eficientes y seguros. La jueza rechazó la pretensión contra las profesionales demandadas individualmente, al no encontrar pruebas de negligencia personal.

La clave: un diagnóstico tardío que cambió el destino
El informe pericial fue contundente: la paciente no presentaba síntomas de alarma al momento del alta inicial, pero sí existió un error en la valoración de los síntomas durante la consulta posterior. La infección, ya avanzada, no fue detectada a tiempo, lo cual contribuyó al agravamiento de su cuadro clínico. Según el fallo, la omisión de medidas oportunas constituyó una prestación deficiente del servicio de salud.
La indemnización, que abarca incapacidad física y psicológica, daños estéticos, daño moral y gastos médicos, fue cuantificada en un total de 9.005.000 pesos. La jueza basó la determinación en los dictámenes de especialistas que evaluaron el impacto de las secuelas en la vida cotidiana de la actora. El lucro cesante fue rechazado por falta de pruebas documentales sobre su actividad laboral en el momento de los hechos.
Pero hay un detalle que resalta la gravedad de la situación: la tasa de interés que se aplicará al pago de la indemnización será la más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para depósitos a plazo fijo realizados por homebanking. Esto demuestra la urgencia de que la municipalidad cumpla con la sentencia y compense a la víctima por los daños sufridos.
Este caso pone de manifiesto, una vez más, la necesidad de fortalecer los controles y mejorar la calidad de la atención médica en los hospitales públicos. La protección de los derechos de los pacientes y la garantía de servicios sanitarios seguros deben ser una prioridad para los entes estatales. El precio de la negligencia, en este caso, ha sido de 9 millones de pesos y una vida marcada por las secuelas de una cesárea fallida.