Un jardín con valla: la audiencia provincial de ourense desestima el recurso para impedir el paso entre propiedades familiares
La disputa entre descendientes de un testamento de 1917 ha tomado un giro definitivo en la Audiencia Provincial de Ourense. Desestimaron el recurso de un hombre para impedir que su primo utilice una franja de tierra como paso entre las propiedades familiares.

La clave está en la figura de la serventía
La sentencia ratifica que el terreno es servido por una copropiedad antigua, frenando así la disputa entre los herederos. El actor había presentado una acción negatoria de servidumbre de paso, pero la magistrada consideró que no se había acreditado el dominio exclusivo del actor sobre el terreno, calificándolo como una serventía, figura de copropiedad reconocida en el derecho civil gallego.
La serventía es una forma de copropiedad germánica difícil de extinguir o limitar, incluso si existen otros accesos a la propiedad. En este caso, tanto la partición hereditaria de 1917 como la mención del camino común en los títulos de las fincas afectadas confirmaron la existencia de serventía.
La Audiencia Provincial confirmó la sentencia de primera instancia, descartando que el actor ostentara un derecho exclusivo sobre el terreno y ratificando que la configuración histórica y registral de la finca respondía a las presunciones legales de serventía previstas en la Ley de Derecho Civil de Galicia.